Colegios

Proceso de Reconocimiento de un Colegio Católico



La condición de Colegio Católico responde a la opción de identidad que una unidad educativa hace en  función de los valores que la inspiran y los criterios que definen su acción.

La VED ha definido esta identidad inspirada en el Magisterio de la iglesia, especialmente en el documento “La escuela católica”.

La denominación de Colegio católico  otorgada por el Obispo, a través de su Vicario Episcopal para la Educación, reconoce  que estas participan de la misión misma de la Iglesia ya que han hecho de  “los principios evangélicos, normas educativas, motivaciones interiores, y al mismo tiempo metas finales”

Un Colegio Católico comparte la misión eclesial de anunciar el Evangelio como su tarea primordial a través de una educación que garantice la relación fe – cultura y vida.  En consecuencia la meta que se  propone respecto de los niños y jóvenes, es la de conducirlos al encuentro con Jesucristo vivo como fundamento en quien todos los valores humanos encuentran su plena realización.[4]

Las instituciones educativas que deseen ser reconocidas por el Vicario en su condición de colegio católico deberán,  consecuentemente con esta visión, responder a los siguientes requisitos:

  1. Ser oficialmente  reconocida por el MINEDUC como institución educativa, acreditada por su RBD.

  2. Contar o tener en proceso de elaboración un Proyecto Educativo Institucional (PEI), elaborado participativamente con todos los estamentos de la comunidad.

  3. Definir en forma clara y explícita en sus estatutos y en los  Proyectos Educativos su identidad católica.

  4. Contar, al menos, con un encargado de pastoral que forme parte del equipo de gestión directiva del establecimiento.

  5. Dictar clases de religión católica en todos los niveles y modalidades a través de docentes acreditados por la VED según lo establece la ley en su decreto 924-83.

  6. Contar con un lugar  especial para la liturgia y oración (capilla y/u oratorio).

  7. La persona que sea elegida como rector debe profesar y practicar la fe católica para ser el primer animador de la identidad católica del colegio.

  8. El equipo directivo y los profesores jefes deben profesar y practicar la fe católica

  9. Mantener una planta docente mayoritariamente católica.

  10. Incorporar en la calendarización anual las principales celebraciones litúrgicas.

Una vez otorgado el certificado de reconocimiento oficial de colegio católico por parte del Vicario, la Institución debe mantener, en el tiempo, las condiciones que le permitieron dicho reconocimiento. Este se renovará, cada tres años, bajo los mismos requisitos.

En el caso de las Fundaciones y Corporaciones de Colegios Católicos, los estatutos que las rigen deben garantizar que no pueden ser modificados sin la autorización expresa del Vicario para la Educación en lo que se refiere a su identidad católica.

Es también facultad de la Autoridad Religiosa señalada el derogar este reconocimiento si el colegio cambia los fundamentos, criterios y las prácticas educativas católicas.

Para formalizar este proceso el sostenedor debe completar y firmar el “Formulario de Solicitud de Reconocimiento de Colegio Católico”. Finalmente será entregado  a la VED, junto a la documentación requerida,  para recibir del Vicario el “Certificado de Reconocimiento”.